Gabriela Hidalgo Ley

PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA (Ley de la Segunda Oportunidad de autónomos y personas físicas)

Somos Mediadores y Administradores Concursales, inscritos en el Ministerio de Justicia, desde marzo del 2014 y conocemos por práctica todo el procedimiento, desde la solicitud, hasta la conclusión y tramitación del EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho), son las razones por las que elegirnos para tramitar su expediente de Expediente de Insolvencia.

Los primeros casos de éxito en la exoneración de empresarios en nuestro país, los hemos tramitado nosotros, actuando de Mediadores Concursales y Administradores Concursales con pasivos que van desde 257.000,00 hasta 1.850.000,00 €.

Somos los más experimentados en esta ley, por número de procedimientos y éxito en todos los casos tramitados.

Asesoramos y tramitamos el expediente de Insolvencia en menos de 30 días, nosotros no hacemos esperar al deudor años para iniciar la tramitación, cuando el deudor nos entrega la documentación de forma inmediata.

Quienes consiguen la exoneración a través de su buen trabajo, son los Administradores Concursales, junto a los Jueces y Fiscales, que tienen la clara voluntad de beneficiar a todas aquellas personas con dificultades económicas y financieras, para que puedan volver a tener una vida digna.



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